CABILDO GENERAL ORDINARIO DE CUENTAS Y ELECCIONES

CONVOCATORIA

de la Pontificia, Real, Ilustre y Antigua Hermandad Dominica y Archicofradía de Nazarenos de la Sagrada Oración de Nuestro Señor Jesucristo en el Huerto, Santísimo Cristo de la Salud, María Santísima del Rosario en sus Misterios Dolorosos Coronada y Santo Domingo de Guzmán, establecida canónicamente en su Capilla propia de Monte-Sión, Sevilla.

Por medio de la presente, de orden del Sr. Hermano Mayor y en cumplimiento de lo preceptuado en nuestras Reglas, se convoca a todos los hermanos/as mayores de dieciocho años de edad y con más de dos años de antigüedad en la Hermandad a

CABILDO GENERAL ORDINARIO DE CUENTAS

Que se celebrará D.M. el día 29 de Junio de 2017 en las dependencias de la Hermandad sita en calle Feria nº 29 acc., dando comienzo el Cabildo General Ordinario de Cuentas a las 15.30 h. en primera convocatoria y a las 16.00 h. en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1º.- PRECES.

2º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DEL CABILDO ANTERIOR.

3º.- LECTURA DE LA MEMORIA DEL EJERCICIO ANTERIOR 2016-2017.

4º.- PRESENTACION Y APROBACION, SI PROCEDE, DE LA CUENTAS DEL EJERCICIO 2016-2017

5º.- PRESENTACION Y APROBACION, SI PROCEDE, DEL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO 2017-2018.

6º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

 

y a su conclusión a:

 

CABILDO GENERAL ORDINARIO DE ELECCIONES

con arreglo al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1º.- CONSTITUCIÓN DE LA MESA PRESIDENCIAL

2º.- VOTACIÓN PARA ELECCIÓN DE HERMANO MAYOR

3º.- PROCLAMACIÓN DE RESULTADOS

4º.- ORACIÓN FINAL POR NUESTROS HERMANOS DIFUNTOS.

Nota1: Según establecen nuestras Reglas, el Cabildo de Elecciones se celebrará entre las 18.00 h. y las 21.30h. del día elegido para su celebración, si bien, como quiera que previamente se celebrará Cabildo General Ordinario de Cuentas, si este no hubiera concluido para la hora del comienzo del de Elecciones, este último se iniciará a la terminación del primero y tendrá una du­ración de tres horas y media.

Nota2: Se adjunta normas que regirán el Proceso Electoral.

 

En Monte-Sión, a 19 de Enero de 2017

EL SECRETARIO 1º.                                                             VºBº EL HERMANO MAYOR

Rafael Romero Díaz                                                                Manuel Soto Díaz

 

(Constan sello y rúbricas en los originales)


 

 NORMAS PARA EL PROCESO ELECTORAL Y PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL CABILDO DE OFICIALES DE 19 DE ENERO DE 2017.

De conformidad con las vigentes Normas Diocesanas para las Her­mandades y Cofradías de Sevilla, de 29 de junio de 2016 (entrada en vi­gor el 15 de agosto de 2016) y las Reglas de nuestra Hermandad, en lo no derogado o modificado por aquellas, son normas y plazos del proceso electoral las siguientes, aprobadas en el Cabildo de Oficiales de 19 de enero de 2017.

Presentación de candidatos al cargo de Hermano de Mayor o miem­bro de la Junta de Gobierno.

El plazo para la presentación de candidaturas al cargo de Herma­no Mayor o miembro de la Junta de Gobierno será DEL 17 AL 30 DE ABRIL DE 2017, en la Secretaría de la Hermandad en horario de lunes a viernes de 20:00 a 22:00 horas. Junto con la candidatura se presentará: copia del Documento Nacional de Identidad –o documento oficial equi­valente, en el caso de extranjeros-, certificado actualizado de bautismo, declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular y, en su caso, certificado de matrimonio. Los solicitantes tendrán derecho a que por la Secretaría se les entregue certificación que acredite su presentación en tiempo y forma.

Concluido el plazo de presentación de candidatos, la Junta de Go­bierno con el visto bueno de la Comisión Electoral, comunicará la rela­ción de los mismos a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, especificando en todo caso quienes se presentan al cargo de Hermano Mayor. Esta relación de candidatos se acompañará de certificación del Secretario de la Hermandad acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos por las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías de Sevilla y en nuestras Reglas.

La Junta de Gobierno hará pública en el tablón de anuncios de la Hermandad la relación de candidatos a Hermano Mayor y a miembros de la Junta de Gobierno.

CENSO DE HERMANOS Y DERECHO AL VOTO.

El Censo de hermanos con derecho a voto (aquellos que a la fecha de celebración del Cabildo cuenten con dos años de antigüedad en el censo y tengan 18 años cumplidos) podrá ser comprobado por el hermano que así lo requiera personalmente, mediante la acreditación de su identidad, en la Secretaría de la Hermandad, en el horario antes mencionado, de conformi­dad con la legislación de protección de datos de carácter personal, durante un plazo de treinta días naturales, en concreto los días DEL 10 DE MAYO AL 8 DE JUNIO DE 2017, ambos inclusive, a fin de que pueda presentar las correspondientes reclamaciones o rectificaciones.

Una vez concluido este plazo, la Comisión Electoral, resueltas las eventuales reclamaciones de los interesados y aprobado definitivamente el censo, remitirá dos copias del mismo, selladas y firmadas por el Secre­tario de la Junta de Gobierno, a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.

Será requisito necesario para que un hermano pueda ejercer su dere­cho al voto que en dicho censo figure: nombre y apellidos, fecha de naci­miento, domicilio, fecha de alta en la Hermandad y nº DNI o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros, según establecen las vigentes Normas Diocesanas de Hermandades y Cofradías de la ciudad de Sevilla.

Los hermanos con derecho a voto que no hayan comunicado el nú­mero del DNI serán incluidos en el censo de electores, pudiendo ejercer presencialmente su derecho al voto con tal de que en el momento de emi­tirlo acrediten su identidad y presenten el citado documento, cuyo número deberá ser incorporado al censo de la Hermandad. Sin embargo, no podrán ejercer el voto por correo (carta) si dicho dato no figurara previamente en el censo ratificado por el Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.

VOTO POR CORREO (CARTA).

De conformidad con las vigentes Normas Diocesanas para las Her­mandades y Cofradías de Sevilla, artículo 45, podrán votar por correo (carta) los hermanos que por enfermedad acreditada mediante Certificado Médico Oficial, o por tener su residencia fuera de la localidad (Sevilla) – y así conste en el censo de la Hermandad -, quieran hacer uso de esta facultad.

Son condiciones de validez del voto por correo (carta) las siguientes:

  1. La acreditación del estado de enfermedad mediante Certificado Mé­dico Oficial.
  2. La constancia en el censo electoral de residencia fuera de la localidad.
  3. La constancia en el censo electoral del número del DNI – o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros.
  4. Los hermanos solicitarán el voto por correo (carta) mediante solicitud por escrito, que deberá estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes (29 DE MAYO DE 2017) de la fecha se­ñalada para el Cabildo General Ordinario de Elecciones. La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales.
  5. La papeleta de voto se introducirá en el sobre de votación y se ce­rrará. Este sobre, junto con una fotocopia del documento personal de identidad al que hace referencia el apartado 3 anterior, y, en su caso, el Certificado Médico Oficial a que hace referencia el apartado 1, se incluirá en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral, en cuyo remite deberá hacer constar su nombre y apellidos y la dirección.
  6. El envío del voto por correo (carta) se hará por certificado de Correos con acuse de recibo.
  7. Serán admitidos los votos recibidos hasta 24 horas antes de la celebra­ción del Cabildo General Ordinario de Elecciones. (28 DE JUNIO DE 2017 A LAS 18.00 H).
  8. La Comisión Electoral llevará un registro de toda la documentación recibida, la cual custodiará hasta la constitución de la Mesa Electoral.

En el caso de que un hermano hubiese hecho uso del voto por correo (carta) y posteriormente decidiese hacerlo personalmente, deberá mani­festarlo así a la Mesa electoral, para la consiguiente anulación del voto remitido por correo (carta).

Serán automáticamente rechazados y anulados por el Cabildo todos aquellos votos que no cumplan estos requisitos; en caso de duda, será el representante de la Autoridad Eclesiástica quien en última instancia de­termine.

PRINCIPALES DISPOSICIONES APLICABLES AL PROCESO ELECTORAL:

  • Normas Diocesanas para las Hermandades y Cofradías de Sevilla: artículos 41 a 47 (inclusive).
  • Reglas de la Hermandad: Reglas nº 46, 47 y 48.

CONDICIONES PARA SER HERMANO MAYOR O MIEMBRO DE LA JUNTA DE GOBIERNO. INCOMPATIBILIDADES.

  • Normas Diocesanas para las Hermandades y Cofradías de Sevilla: artículos 31 a 34 (inclusive).
  • Reglas de la Hermandad: Reglas nº 50, 61, 62 y 64.

MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL.

Integran la Comisión Electoral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de las Normas Diocesanas para las Hermandades y Cofradías de Sevilla, los siguientes hermanos:

– D. Rafael Buzón López

– D. José Luis Gómez Boza

– D. José Joaquín Moreno Gutierrez.